jueves, 15 de septiembre de 2016

Notas laicas

Laico es un término que proviene del vocablo griego láikos: 'pueblo lego' o seglar (secular -que se rige por el siglo- o tiempo real, histórico, no inmortal ni divino) que no desempeña funciones de clérigos. Aunque hay laicos que desarrollan actividades propias de sacerdotes o monjas dentro del contexto de órdenes religiosas en las cuales se les conoce como laicos religiosos (oxímoron que encubre sacristanes prende-velas que pasan la charola, empresarios hiperactivos que organizan obras de caridad filantrópica con solicitud respectiva de descuento de impuestos, activistas que montan marchas, imprimen de manera tipográficamente ordenada letreros con consignas sutiles de trances místicos: Viva Cristo Rey, obsequian globos rosas y azules, echan a andar el órgano de catedral y entrenan y conducen el coro o la estudiantina del templo). La noción de laico sirve también, sobre todo, para referirse a la enseñanza básica en la cual los alumnos no deben ser adoctrinados por ninguna doctrina de fe, ya que poseen el derecho a un aprendizaje de libre pensamiento. El Estado laico no debería financiar a las instituciones religiosas en ese sentido, sino que únicamente debería apostar por la educación pública y laica (la escuela católica privada se disfraza, ya se sabe, con el eufemismo: "enseñanza de o con valores", aun cuando toda trasmisión de conocimientos trasmite valores y no sólo morales). Los símbolos religiosos no deben ser empleados por el Estado laico bajo ningún concepto, desligando así la actividad gubernamental de todo rito y religión existente (así, la presencia de presidentes o gobernadores en misas públicas, constituye tanto un acto de lambisconería como de violación de la ley). Otra consecuencia de un Estado laico está relacionado con los días festivos, declarados así por la Constitución vigente. Éstos deben estar únicamente relacionados con fechas cívicas, por deberse a acontecimientos históricos o días universalmente declarados festivos. Del mismo modo, los festejos religiosos no deben valerse de ningún organismo que dependa del Estado para llevarse a cabo (Obras Públicas para la construcción de templos o santuarios de culto bajo la coartada de fomentar el "turismo religioso"; empresas inauguradas por cardenales u obispos mediante sacudida de hisopos de agua bendita que ahuyentan la mala suerte o la quiebra, actos cubiertos de manera diligente por la prensa rosa o suplementos de Sociales que consume la gente decent(avos)e, etcétera). En el Estado laico existen además, de manera contradictoria, muchísimas celebraciones y vacaciones vinculadas con el calendario religioso (Semana Santa, Navidad, la llevada y traída de la Virgen, los cohetones y campanazos locos de los curas ídem de las parroquias, etcétera) e incluso, en abierta ilegalidad en un Estado laico, hay capillas dentro de instituciones de bien público, como hospitales, centros educativos y penitenciarios (monjas todo-terreno disfrazadas de enfermeras, curas confesores en uniforme de conserje o custodio de penal, etcétera).

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